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26-09-2011

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Que la Ley Nº 19552 “Régimen de Servidumbres Administrativas

de Electroductos”, establece que las líneas de alta tensión que atraviesan predios

rurales o urbanos, restinguirán el dominio sobre una zona del inmueble afectado,

que se denomina zona de seguridad.En todo el cruce de dicho inmueble y en la

franja que comprenda la zona de seguridad, no se permitirá la existencia de

ningún tipo de vivienda.
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Que esta restricción legal tiene por finalidad la seguridad, a

efectos de evitar descargas y electrocuciones, y evitar el sometimiento a los

campos electromagnéticos , de las personas que habitan bajo estas instalaciones,

considerando que se ha declarado en numerosos estudios científicos a los

campos electromagnéticos como agentes causantes de una amplia gama de

enfermedades, incluyendo cáncer, muertes y letargo.

Que ante esta situación de hecho, que violenta normas de

orden público, y en la que fundamentalmente corre serio riesgo la salud de

quienes establecieron su vivienda bajo las líneas de alta tensión, el Departamento

Ejecutivo Municipal debe realizar, en cumplimiento del poder de policía que

ostenta, las correspondientes denuncias ante los Organismos competentes en la

materia y la justicia, a efectos de hacer cumplir las normas y proteger la vida de

los vecinos.

Que es deber de la autoridad, en este caso del Intendente

Municipal, velar por el cumplimiento de las normas y la salud de los vecinos de

Quilmes, y es su obligación, como funcionario público, en primer término, realizar

las correspondientes denuncias y llevar a cabo todas las medidas tendientes para

hacer cesar esta situación, pudiendo configurar la omisión de sus deberes, el

delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

La Comisión de Salud, Acción Social Tierras y Viviendas en conjunto con la

Comisión de Interpretación y Reglamento, Derechos Humanos. Seguridad y

Garantías Constitucionales, por las razones que dará el Señor Miembro

Informante, aconseja la aprobación del siguiente Proyecto:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento

…………………. Ejecutivo que informe sobre los siguientes puntos:

A) Si ha realizado las denuncias correspondientes en relación a la ocupación de

los terrenos afectados por la servidumbre del electroducto, que atraviesa la zona

de la Ribera de Quilmes, en caso afirmativo, remita copia certificada.

B) Si se ha realizado un censo de las familias establecidas bajo las líneas de alta

tensión, en caso afirmativo, remita copia del mismo.

C) Que medidas ha dispuesto a efectos de dar solución a la situación descripta en

el presente.

ARTICULO 2º: Recomendar al Departamento Ejecutivo inicie una intensa

……………………campaña dirigida a los ocupantes de las viviendas establecidas

bajo las líneas de alta tensión, sobre los efectos nocivos de los campos

electromagnéticos