30-08-2011
Piden informes sobre hechos de corrupción
El pedido del Defensor del Pueblo es para cumplimentar las exigencias de la Ordenanza Nº 9868/04, que en su Art. 18 dice: "La recepción de las denuncias por hechos o actos de corrupción estarán comprendidas dentro de la competencia del Defensor del Pueblo de la Ciudad de Quilmes, el que deberá analizarlas y en su caso efectuar las denuncias ante los órganos jurisdiccionales correspondientes".
Además el Decreto 3904/04 en su Art. 8 Inc. J afirma que: " La Auditoría General Municipal, a través de los órganos que la componen, tendrá las siguientes funciones y competencias, recibir denuncias vinculadas a las obligaciones emergentes de la Ordenanza 9868/04, respecto del origen, evolución y modificación del patrimonio de los funcionarios y empleados municipales, y elevarlas al Defensor del Pueblo o a la autoridad judicial competente".
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